Impuestos > Resolución General Nº 74/20 - 21/12/20

                                         RESOLUCION GENERAL Nº 74/20

POR LA CUAL SE AMPLIA LA NÓMINA DE FACTURADORES ELECTRÓNICOS HABILITADOS PARA LA FASE DE “ADHESIÓN VOLUNTARIA” DEL SISTEMA INTEGRADO DE FACTURACIÓN ELECTRÓNICA NACIONAL – SIFEN.

                                                                                                    Asunción, 21 de diciembre de 2020

VISTO: El Libro V de la Ley N° 125/1991 «Que Establece el Nuevo Régimen Tributario» y sus modificaciones;

La Ley Nº 4679/2012 «De Trámites Administrativos»;

El Decreto Nº 7795/2017 «Por el cual se crea el Sistema Integrado de Facturación Electrónica Nacional»;

La Resolución General N° 18/2019 «Por la cual se asigna la Obligación de Facturador Electrónico a contribuyentes para la Adhesión Voluntaria al Sistema Integrado de Facturación Electrónica Nacional – SIFEN»

La Resolución General N° 23/2019 «Por la cual se dispone el inicio de la Fase denominada Adhesión Voluntaria para la implementación del Sistema Integrado de Facturación Electrónica Nacional y se reglamenta la emisión de Documentos Tributarios Electrónicos»;

La Resolución General N° 57/2020 «Por la cual se actualiza la nómina de Facturadores Electrónicos habilitados para la Fase de “Adhesión Voluntaria del Sistema Integrado de Facturación Electrónica Nacional – SIFEN»;

La Resolución General N° 73/2020 «Por la cual se aprueba la emisión de Documentos Tributarios Electrónicos a través del Sistema “Ekuatia’i” y se establece el inicio de un plan piloto»; y

CONSIDERANDO: Que el Decreto Nº 7795/2017, en su artículo 18 dispone que la Administración Tributaria implementará de manera gradual la obligación de emitir electrónicamente Comprobantes de Ventas y Documentos Complementarios, los Comprobantes de Retención y las Notas de Remisión, en las fases del Plan Piloto; del período de Adhesión Voluntaria, y de Obligatoriedad.

Que igualmente el artículo 6° del referido Decreto dispone que la Administración Tributaria podrá autorizar a quienes de manera voluntaria quieran adherirse al SIFEN.

Que mediante la Resolución General N° 57/2020 la Subsecretaría de Estado de Tributación actualizó la nómina de Facturadores Electrónicos habilitados para la Fase de “Adhesión Voluntaria” del SIFEN.

Que posterior a la referida Resolución General varios contribuyentes manifestaron su voluntad de ingresar al SIFEN como facturador electrónico y formar parte de la fase de “Adhesión Voluntaria”. En tal sentido, en atención a lo solicitado por los contribuyentes resulta necesario ampliar la nómina de facturadores electrónicos habilitados por la SET a través de la Resolución General N° 57/2020.

Que la SET cuenta con facultades legales para establecer normas generales para trámites administrativos, impartir instrucciones, y dictar actos necesarios para la aplicación, administración, percepción y fiscalización de los tributos.

Que el Departamento de Elaboración e Interpretación de Normas Tributarias se ha expedido en los términos del Dictamen DEINT/PN N° 79 del 17 de diciembre de 2020.

POR TANTO,

EL VICEMINISTRO DE TRIBUTACIÓN
RESUELVE:

Artículo 1º.- Ampliar la nómina de contribuyentes habilitados como facturadores electrónicos en la fase de implementación del Sistema Integrado de Facturación Electrónica Nacional (SIFEN) denominada “Adhesión Voluntaria”.

Artículo 2°.- Autorizar a los contribuyentes mencionados en el Anexo de la presente Resolución a emitir y recibir documentos electrónicos desde el momento de su habilitación, a dicho efecto deberán cumplir con lo dispuesto en las Resoluciones que reglamentan la emisión de los Documentos Tributarios Electrónicos.

Artículo 3°.- La SET podrá actualizar el listado de los contribuyentes habilitados como facturadores electrónicos que se encuentra publicado en el portal web de e-Kuatia (ekuatia.set.gov.py), siempre y cuando el contribuyente solicite su inclusión al SIFEN y cumpla con el proceso de habilitación como facturador electrónico.

Artículo 4º.- Publicar, comunicar a quienes corresponda y cumplido archivar.

ÓSCAR ORUÉ ORTÍZ

VICEMINISTRO DE TRIBUTACIÓN

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